El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Málaga ha estimado la nulidad de una orden de compra de acciones de Bankia. El afectado perdió 5 000 euros debido a la falsa información de solidez que le dio la entidad. Ahora la entidad deberá reembolsarle esa cantidad.
En la sentencia se expone que la comercialización de las acciones llevada a cabo por Bankia incurre un claro supuesto de dolo grave, por cuanto que la información facilitada a los potenciales accionistas consistió en todo momento en ofrecer una imagen de Bankia como un entidad solvente y rentable, siendo evidente que sus clientes nunca hubieran accedido a suscribir las acciones de una compañía que en realidad presentaba enormes pérdidas patrimoniales, y que sólo meses más tarde le obligarían a solicitar 19.000 millones de euros de dinero público.
Por ello, el Juez ha estimado que la demandante prestó un consentimiento viciado por error en la información suministrada para contratar, claramente excusable, pues no pudo evitarlo ni extremando la máxima diligencia dado que toda la información que podía obtener provenía de la propia entidad bancaria oferente resultándole de todo punto imposible detectar la verdadera situación contable y financiera de BANKIA a la fecha de la suscripción de las acciones.
Dirección Letrada: Fernando M. Sánchez.
Banco: Bankia.
Producto: Acciones.
Perfil: Particular.
PDF:S_150715_BANKIA_JPI1_MALAGA_ACCIONES_PART_SIN.pdf