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Final de año esperanzador para los afectados por hipoteca multidivisa gracias a la cascada de sentencias que obligan a las entidades a recalcular sus hipotecas.
Según nos informa el letrado Arcadi Sala-Planell, el magistrado JORGE MARTÍNEZ PUIGCERVER, se adhiere con argumentos de peso a la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de junio de 2015 para considerar que estamos ante un producto híbrido (hipoteca + derivado financiero) y que, por tanto, la entidad debió extremar la información que proporcionaba al cliente.
La sentencia recoge las manifestaciones del Director de banca quién ofreció el producto, el cual manifestó que esta hipoteca conlleva más riesgo del que parece. Admitió que no obtuvo formación específica para poder informar correctamente, y que el cliente que lo contrata debía tener conocimientos financieros. El juez manifiesta que solo una persona con formación específica y una profesión relacionada con las operaciones de capital riesgo podría entender y comprender perfectamente el producto.
En consecuencia, y dado el incumplimiento flagrante por parte de la Entidad financiera de la normativa aplicable, se estima íntegramente la demanda presentada por un minorista, se declara la nulidad de la clausula Multidivisa y se obliga a recalcular el préstamo como si hubiera sido en Euros desde el momento de su firma, con la consecuente reducción de la deuda además de la devolución al cliente de las cantidades que abonadas de más, con sus intereses y con expresa imposición de costas a Catalunya Banc.
Dirección letrada: Arcadi Sala Planell
Banco: Catalunya Banc
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista
PDF: S_151014_CCAT_JPI4_MARTORELL_HMD_NULIDAD_PARCIAL_PART_SIN.pdf