El Juzgado de Primera Instancia de Refuerzo de La Coruña ha vuelto ha estimar la nulidad de un contrato de compra de participaciones suscrito por un matrimonio con Nova Caixa Galicia (NCG). El motivo de la nulidad ha sido la existencia de error y vicio en el consentimiento por falta de información precontractual. Por ello, la entidad deberá reembolsar los 53.000 euros de los 99.000 invertidos que perdieron sus clientes en el producto tras el canje por acciones y su posterior venta.
Los afectados llegaron a contratar hasta en 3 ocasiones las participaciones preferentes, pese a ello, en ninguna de las contrataciones se les informó adecuadamente sobre los riesgos y características del producto, pensando en todo momento que se trataba de un depósito a plazo fijo. Tampoco les informaron que las participaciones preferentes cotizaban en un mercado secundario, y que para obtener liquidez hacía falta su venta
Asimismo, pese a que los clientes, con más de ochenta años, no tenían experiencia en este tipo de contratos, no se realizó ningún tipo de test de conveniencia, tal y como exige la normativa MIFID.
Por último, las indicaciones dadas en las ordenes de valores no se considera suficientes a la hora de informar a un cliente minorista sobre un derivado financiero como este, por lo que la Juez ha estimado a favor de los clientes.
Dirección Letrada: Xoán Antón Pérez-Lema.
Banco: NCG.
Producto: Preferentes.
Perfil: Particular.
PDF:S_140912_NCGBANCO_JPIR_ACORUNA_PREFERENTES_PARTICULAR_SIN.pdf