El Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid declara la nulidad total de la cláusula multidivisa suscrita con Bankinter por falta de transparencia
Desde ASUFIN interpusimos una demanda ejercitando una acción de nulidad del clausurado multidivisa, insertas en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito entre Bankinter y nuestros asociados en el año 2007, por la falta de información y transparencia, y error vicio del consentimiento.
Bankinter, se opone a la demanda alegando que las partes fueron debidamente informadas tanto de las características como de los riesgos y de las variaciones del cambio de divisa. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid estima íntegramente nuestra demanda y condena a Bankinter a restituir a nuestros asociados la cantidad de 117.970€ como consecuencia del recálculo de los cuadros de amortización.
Las partes, firmaron un préstamo destinado a la adquisición de una vivienda. El capital prestado fueron 294.000 euros equivalentes a 48.465.900 yenes japoneses, con un plazo de devolución a 30 años. En primer lugar, este juzgado confirma la condición de consumidor de nuestros asociados y la imprescriptibilidad de la acción de nulidad.
Tras esto, señala que la cláusula multidivisa es una condición general de la contratación por lo que, para superar el control de transparencia, no solo es necesario que las cláusulas estén redactadas de forma clara y comprensible, sino también que los consumidores puedan tener un conocimiento real de ellas. Es decir, que pueda prever sus consecuencias económicas.
Ya que, el conjunto de la pruebas practicadas y aportadas por el demandado no son suficientes para afirmar que los consumidores pudieran conocer tanto la carga económica como la carga jurídica, ni de los riesgos por la variación de los tipos de cambio. Esto unido a que los demandantes no acudieron de forma presencial en ningún momento a la oficina bancaria este tribunal establece que Bankinter no ha cumplido los deberes de transparencia y los consumidores no fueron debidamente informados de los riesgos del producto.
Y es por todo ello, que el Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid, declara la nulidad del clausulado multidivisa contenido en la escritura del 2007 por falta de transparencia y por lo tanto abusividad. Además, condena a Bankinter a recalcular los cuadros de amortización y a restituir a nuestros asociados 117.970€ en concepto de cantidades abonadas de más.
Producto: Multidivisa
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 101, Madrid
Dirección Letrada: Jaime de Carvajal Escalada
Fecha: 26.10.2021
Entidad: Bankinter