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MULTIDIVISA: Dos asociados de ASUFIN recuperan 75.480€

La Audiencia Provincial 28 de Madrid declara la nulidad parcial del préstamo hipotecario multidivisa suscrito con Bankinter en el año 2007

ASUFIN interpuso una demanda contra Bankinter en defensa de los intereses de dos de sus asociados. En esa demanda se solicitaba la nulidad del préstamo hipotecario en lo referente a la opción multidivisa suscrito entre las partes el 4 de octubre de 2007.

La nulidad del clausulado en divisa se amparaba en la acción de nulidad de las condiciones generales de la contratación por falta de transparencia de las cláusulas multidivisas. Además, subsidiariamente en la acción de anulabilidad por la concurrencia del error en el consentimiento, por ir contra normas imperativas y por negligencia de la entidad en el cumplimiento de sus obligaciones de diligencia, lealtad e información. 

El Juzgado de 1ª Instancia nº 04 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 29/06/2018 y tan solo estimo parcialmente la demanda intepuesta por ASUFIN. En su fallo declaró la nulidad y abusividad de la cláusula contractual de intereses de demora, sin embargo no la cláusula multidivisa. 

Por ello ASUFIN interpuso un recurso de apelación. Este tribunal establece que tras la numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo, no tiene sustento alguno intentar negar la cualidad de condición general de la contratación a las cláusulas multidivisas. Y respecto a este tipo de cláusulas establece que no solo es necesario que las cláusulas estén redactadas de forma clara y comprensible. Sino también que el adherente pueda tener un conocimiento real de las mismas, de forma que el consumidor pueda prever sus consecuencias económicas. 

Puesto que ninguno de los documentos aportados a la contestación de la demanda demuestra la información previa a la firma del contrato, ya que no consta la entrega de folleto informativo, ni de oferta vinculante, ni de simulaciones realizadas por la entidad sobre posibles escenarios y ya que la prueba testifical es insuficiente y en ningún momento se cuestiona la condición de consumidor de la parte actora hace que la clausula multidivisa no superan el doble control de transparencia y por lo tanto sea abusiva.

Por todo ello, la Audiencia Provincial 28 de Madrid, revoca parcialmente la sentencia dictada por el JPI 4 de Madrid y declara la nulidad parcial de préstamo hipotecario. Además, condena a Bankinter a devolver a los demandantes la cantidad de 75.480€ como consecuiencia del recalculo de los cuadros de amortización. 

Producto: Multidivisa

Juzgado: Audiencia Provincial 28, Madrid

Dirección Letrada: Loleta Linares y Fernando Gavín 

Fecha: 24.03.2021

Entidad: Bankinter

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