La AP 4 de Las Palmas confirma la nulidad de las cláusulas multidivisa por abusividad y falta de transparencia
El demandante suscribió una hipoteca multidivisa en 2008 por un valor 248.500 euros, que equivalían 40 millones de yenes japoneses, a pagar en 26 años con Bankinter. Debido al sobrecoste que suponía el cambio de divisa y el impacto que tenía en el pago de sus cuotas mensuales, interpuso una demanda pidiendo la nulidad de las cláusulas y la realización de un nuevo cuadro de amortización.
Una hipoteca multidivisa es un préstamo con garantía hipotecaria a interés variable. La moneda en la que se referencia la entrega del capital y las cuotas periódicas de amortización es una divisa entre varias posibles a elección del prestatario. El índice de referencia sobre el que se aplica el diferencial para determinar el tipo de interés aplicable en cada periodo, suele ser distinto del Euribor.
Test de conveniencia
La demanda alega que el consumidor no era un experto en la materia, además de que este tipo de préstamos son bastante complejos y sus riegos sobrepasan los normales en hipotecas. Todo esto se unía a la falta de información por parte de la entidad. La cual no realizó un ni test de conveniencia o idoneidad entre otros.
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La entidad demandada defendía la falta de legitimación de ASUFIN en el procedimiento, extremo que no prosperó. El magistrado consideró que al tratarse de una asociación de consumidores puede defender los derechos e intereses de sus consumidores.
También alegaron la caducidad de la acción, pero al pedir la nulidad por abusividad y falta de transparencia el plazo de cuatro años no empieza a transcurrir hasta que el consumidor toma conocimiento real de la cláusula abusiva.
Por todo ello, el Juzgado de Primera Instancia número 6 BIS de Las Palmas de Gran Canaria anula la cláusula multidivisa. Obligando a Bankinter a realizar un nuevo cuadro de amortización en euros sustituyendo el tipo de interés Euribor más diferencial de 0,75% e impone costas a la entidad.
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Testimonio del empleado
Tras la sentencia de primera instancia, Bankinter interpuso un recurso de apelación defendiendo la validez de la cláusula multidivisa. Recurso en el que cuestionan de nuevo la legitimación de ASUFIN además del error en la valoración del testimonio del empleado del banco, como prueba.
Los magistrados determinan que la prueba testifical del empleado del banco, sin aportación de ningún documento escrito, no es suficiente para acreditar que realmente se facilitó la información necesaria. Por lo que consideran que la hipoteca multidivisa no supera el doble control de transparencia.
La Audiencia Provincial, sección 4, de Las Palmas confirma el fallo de primera instancia, desestima el recurso de Bankinter y le condena además a las costas de este procedimiento.
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Producto: Hipoteca Multidivisa
Abogado: Andrés Roda Hernández
Juzgado: Audiencia Provincial Nº4 de Las Palmas
Entidad: Bankinter
Fecha: 25.06.2020