El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Murcia ha estimado la nulidad de un contrato swap suscrito por una pyme con Banco Santander. El motivo de la condena ha sido la presentación de información sesgada y desequilibrio entre las partes del contrato, ya que la entidad ofreció asesoría al cliente maquillando las cifras de tal manera que se ocultaran los desequilibrios.
La pyme afectada firmó el swap como condición para contratar un préstamo y con la función de compensar la subida de los salarios de sus empleados respecto al IPC con las ganancias que el producto iba a generar con la cobertura frente a los tipos.Esta función fue aconsejada por Banco Santander.
En este caso, el cliente tanto por volumen de negocio, como por conocimientos del representante legal (economista), ha sido calificado como profesional.
Pese a ello, al haber ofrecido el producto sin posibilidad de negociación y omitir información marcadamente favorable al interés del banco en detrimento de su cliente, el contrato ha sido declarado nulo.
Además, el banco mostró unas previsiones sumamente favorables de la evolución del IPC, los tipos y otros datos relevantes para el beneficio del cliente, omitiendo el desnivel de riesgo al que se exponía en comparación con el beneficio que sacaría el banco.
Banco Santader deberá reembolsar los 76.000 euros que sufrió su cliente en liquidaciones negativas y cancelación anticipada, más los intereses devengados y las costas procesales.
Dirección Letrada: Gonzalo de la Peña Clavel.
Banco: Banco Santander.
Producto: Swaps.
Perfil: Pyme.
PDF:S_150122_BSANTANDER_JPI10_MURCIA_SWAPS_PYME_PROFESIONAL_SIN.pdf