El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Aguilar de la Frontera ha estimado la reclamación de reembolso de las comisiones de devolución de efectos aplicadas por Banco Popular a uno de sus clientes. La entidad deberá reembolsar 13.667 euros más intereses.
El afectado ha tenido que hacer frente a estas comisiones al contratar el servicio de gestión de cobros de efectos, pagarés y cheques con la entidad bancaria a cambio de un adelanto del dinero mediante una línea de crédito.
La mercantil reclama la devolución de las comisiones cargadas en la cuenta por parte de Banco Popular a casua del impago de diversos efectos mercantiles que habían sido descontados en virtud de una póliza de crédito con garantía personal en cobertura riesgos, porque no se pactó expresamente el importe de dicha comisión en el contrato y porque no se prestó un servicio real y efectivo que justifique el cobro de las comisiones.
Todas estas pretensiones han sido estimadas por el Juez, ya que las comisiones han sido consideradas improcedentes por la inexistencia de servicio distinto al ya negociado en la gestión de los cobro de efectos. Es decir, Banco Popular no puede cobrar un extra por un servicio que ya estaba estipulado dentro del contrato.
Dirección letrada: Javier de la Torre Aguilar.
Banco: Banco Popular.
Producto: comisiones devolución efectos.
Perfil: Pyme.
PDF:S_150319_BANCOPOPULAR_JPI_AGUILARFRONTERA_firme_COMISION_DEVOLUCION_PYME_SIN.pdf