El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vélez-Málaga ha estimado la nulidad de un contrato swap suscrito por una pyme con Banesto. El motivo de la nulidad ha sido la existencia de error y vicio en el consentimiento por falta de información precontractual.
Como hemos visto en numerosas ocasiones, el afectado suscribió la permuta financiera de tipos de interés bajo el equívoco de que se trataba de un seguro frente a la subida de los tipos de interés.
Esto se debió a una falta de diligencia informativa por parte de Banesto, que no facilitó ni un contrato marco, ni realizó test de idoneidad, tampoco simulaciones acerca de los posibles escenarios que para el cliente podrían suponer un perjuicio.
Toda la información sobre este derivado financiero tan complejo, fue explicada en apenas 30 minutos, tiempo insuficiente para que un cliente minorista entendiera los pormenores y el funcionamiento del producto.
Por tanto, Banesto incumplió la Ley del Mercado de Valores y la normativa MIFID, que exigen un especial cuidado y atención informativa a la hora de comercializar productos financieros complejos a este tipo de cliente.
De este modo, la entidad deberá reembolsar las liquidaciones negativas efectuadas, más los intereses devengados y las costas procesales.
Dirección Letrada: Diego Montosa Ugarte.
Banco: Banesto.
Producto: Swaps.
Perfil: Pyme.
PDF:S_141017_BANESTO_JPI4_VELEZMALAGA_SWAP_PYME_SIN.pdf