El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Badalona ha condenado a Bankia por la comercialización irregular de participaciones preferentes a un matrimonio. El motivo de la nulidad ha sido la existencia de error y vicio en el consentimiento debido a una falta de transparencia y diligencia informativa. La entidad deberá reembolsar la cantidad invertida por los clientes más los intereses legales.
Los afectados suscribieron en 2009 un contrato de compra de 50.000 euros en preferentes de Caixa Laietana Serie C. Cuando contrataron el producto, pensaron que estaba totalmente garantizada la inversión y que el funcionamiento era similar a un plazo fijo. Para ser más exactos, las participaciones fueron ofertadas como un depósito a 5 años con mayor rentabilidad y con disponibilidad del dinero en 48 horas, con el capital totalmente garantizado.
Asimismo, durante la fase previa a la contratación, no consta que se hiciera entrega de ningún folleto informativo o documento que explicase en profundidad el funcionamiento y riesgos del producto. Tampoco existe constancia de que la entidad informara verbalmente con la profundidad exigida para la comercialización de productos financieros complejos a clientes minoristas.
Además, no consta que se sometiera a los clientes al test de conveniencia exigido por la normativa MIFID, elemento esencial para evaluar la idoneidad del producto al perfil del cliente.
Dirección Letrada: Óscar Serrano Castells.
Banco: Bankia.
Producto: Preferentes.
Perfil: Particular.
PDF:S_141016_BANKIA_JPI3_BADALONA_PREFERENTES_PART_SIN.pdf