El Juzgado de Primera Instancia de Cabra ha estimado la devolución de las comisiones de devolución cobradas por Unicaja a un cliente, ya que considera que no se ejerció ningún servicio que justificara la obtención de esas comisiones.
Estas eran sustraídas al cliente del banco cuando alguno de sus pagos y recibos era devuelto.
Se considera que el servicio ya incluye la totalidad de la gestión, es decir, la devolución entra dentro del servicio y el banco no puede aplicar una comisión extra.
Unicaja no compareció el día del juicio a pesar de estar citada en legal forma, por lo que fue declarada en rebeldía y no pudo presentar alegaciones.
Dirección letrada: Javier de la Torre Aguilar.
Banco: UNICAJA SAU.
Producto: comisiones devolución efectos.
Perfil: Pymes.
PDF:S_140718_UNICAJA_JPI1_CABRA_firme_COMISION_DEVOLUCION_PYME_SIN.pdf