El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Las Palmas de Gran Canaria ha estimado la nulidad de una orden de compra de acciones de Bankia suscrito por dos particulares.
El motivo de la condena ha sido la existencia de error y vicio al haber presentado la entidad, en el momento de la contratación, una imagen de solvencia que no se correspondía a la situación real de pérdidas que esperaba.
Bankia presentaba en sus folletos informativos unos beneficios de 559 millones de euros, cuando esperaba pérdidas de varios miles de millones. El hecho de no presentar una información veraz a los accionistas, incumple con las obligaciones que tiene una sociedad al salir a bolsa.
Tras el descalabro de Bankia, el afectado perdió la inmensa mayoría de su inversión, unos 97 900 de los 110 000 iniciales. Ahora, la entidad deberá reembolsar estas pérdidas, más los intereses devengados y hacer frente a las costas.
Dirección Letrada: Manuel Melián Monzón.
Banco: Bankia.
Producto: Acciones.
Perfil: Particular.
PDF:S_150916_BANKIA_JPI9_LAS_PALMAS_ACCIONES_PARTICULAR_SIN.pdf