El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Guadalajara ha estimado la nulidad de una compra de participaciones preferentes realizada por dos particulares minoristas con Bankia.
El motivo de la nulidad ha sido la existencia de error y vicio en el consentimiento por falta de información precontractual y diligencia informativa, incumpliendo así la especial protección que contempla la Ley del Mercado de Valores con este tipo de clientes.
Los afectados fueron asesorados por una empleada de Bankia a la hora de invertir unos ingresos extra que habían obtenido. Esta les presentó las preferentes como un producto totalmente garantizado, similar a un plazo fijo pero de mayor rentabilidad.
Asimismo, la entidad no se preocupo por si este valor financiero se amoldaba al perfil conservador y minorista del cliente, no realizando ningún tipo de test de idoneidad o conveniencia, siendo cumplimentados estos por los empleados de Bankia.
Por todo ello, deberá reembolsar el dinero invertido en preferentes de Caja Madrid 2009 por un valor de 30.000 euros.
Dirección Letrada: Christian Salata.
Banco: Bankia.
Producto: Preferentes.
Perfil: Particular.
PDF:S_150923_BANKIA_JPI3_GUADALAJARA_PREFERENTES_PART_SIN.pdf
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