La Audiencia de Oviedo ha confirmado la nulidad de otros cuatro contratos de compra de subordinadas Cajastur por clientes minoristas. Todos ellos han contado con la defensa letrada de Jorge Álvarez de Linera.
Los afectados por la deuda subordinada de Cajastur están de enhorabuena. Se confirma la tendencia ganadora de sus casos a nivel provincial. Cuatro nuevas sentencias vienen a apoyar esta teoría y condenan a la caja por la colocación de las subordinadas a clientes no expertos sin informarles previamente de lo que estaban contratando.
Tres de las sentencias han sido dictadas por la sección quinta de la AP de Oviedo, y la última por su sección primera. Pero en todas ellas el fallo es similar: inadmiten el recurso presentado por la entidad y confirman las sentencias favorables de primera instancia. Por lo que se puede ver, el recorrido judicial de los cuatro casos ha sido impecable, estimando en todo momento las pretensiones de los afectados.
De nada han valido las alegaciones de la defensa letrada de la entidad, que pretendía -como viene siendo habitual- que se declarase la caducidad de la acción de nulidad. Para estos casos se aplica de forma unánime el criterio del Tribunal Supremo y se desestiman estas alegaciones. Por otro lado, pretendía demostrar que sí informó de forma adecuada de los riesgos de las subordinadas, pero el criterio de la AP ha sido unánime y se suma al de los juzgados de primera instancia que juzgaron estos asuntos y confirman la nulidad de las obligaciones.
La venta de este producto sin informar de los riesgos que implica supone que el consentimiento de los clientes quede viciado de nulidad. Contrataron un producto de alto riesgo que no comprendían, por la simplificación que hicieron de él, y que no se ajustaba a la realidad. La colocación del producto en esas circunstancias beneficiaba solamente a unas de las partes, y así lo ha entendido la AP de Oviedo. Ahora, los afectados podrán finalmente recuperar su dinero.
Dirección letrada: D. Jorge Álvarez de Linera Prado
Banco: Cajastur
Producto: Deuda subordinada
Perfil: Particular
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S_140410_CAJASTUR_AP5_OVIEDO_CONIRMA_140204_JPI10_OVIEDO_SUBORDINADAS_PART_SIN.pdf
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S_140423_CAJASTUR_AP5_OVIEDO_CONFIRMA_140211_JPI5_OVIEDO_SUBORDINADAS_PART_SIN.pdf
PDF 3:
S_140425_CAJASTUR_AP1_OVIEDO_CONFIRMA_131216_JPI2_OVIEDO_SUBORDINADAS_PART_SIN.pdf
PDF 4:
S_140520_CAJASTUR_AP5_OVIEDO_CONFIRMA_140304_JPI2_OVIEDO_SUBORDINADAS_PART_SIN.pdf