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Otro golpe para los Valores Santander

  • Linares declara la nulidad de alta de órdenes de compra de un contrato de valores Santander así como la nulidad de la orden de suscripción

  • Las costas del juicio recaen sobre el Banco Santander

Nueva sentencia contra el Santander. El Juzgado Mixto nr.1 de Linares se posiciona a favor de dos afectados por el producto conocido como Valores Santander. El juzgado declara la nulidad de alta de órdenes especiales, y la anulabilidad de la orden de suscripción, así como del canje realizado por la entidad financiera en el año 2012, por haber concurrido en la formalización del consentimiento, vicios invalidantes, llevando consigo los efectos del artículo 1303 CC. El Santander deberá pagar las costas del juicio.

La parte actora alega que el Santander vulneró las normas de publicidad, tales como indica el art. 79 de la LMV, que en esencia exige por imperativo de una directiva comunitaria, la obligación de transparencia y publicidad de las operaciones de las entidades de crédito que prestan servicios de inversión, en este caso la entidad presta la comercialización de un producto de inversión, por ello se declaran nulas las órdenes especiales.

Para anular lo anteriormente citado y la orden de suscripción la parte actora expresó que la sentencia distingue entre la consumación del negocio jurídico, y la perfección del mismo, por la extensión de los efectos de las obligaciones dimanantes de aquel. Por lo que, tratándose de un contrato de trato sucesivo, con liquidaciones periódicas, a través del sistema de cupones, con extensión de efectos de las obligaciones asumidas cada vez que se liquidaban los cupones, no debe entenderse que, el plazo para el inicio del computo de caducidad es octubre del 2012, sino que debe ser desde el mismo momento en que la parte tuvo conocimiento del riesgo asumido, lo que le hizo tomar conciencia de que podía haber sufrido un vicio del consentimiento al creer que había contratado otro tipo de producto financiero. El producto, los valores Santander, se suscriben en septiembre de 2007, se trata un contrato tipo de depósito o administración de valores, al que le siguió un alta de órdenes por importe de 150.000 euros, y una orden de suscripción.

Los afectados no tenían conocimientos bursátiles ni del mercado financiero y emitieron un consentimiento viciado por un error inspirado en la buena fe y confianza en la persona con la que suscribían el contrato. Las pruebas presentadas en el juicio revelaron que el Santander no cumplió diligentemente con la obligación de prestar una información clara, correcta, precisa y suficiente sobre el producto, lo que provocó un vicio de consentimiento invalidante para los actores.


Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez
Perito: Salvador Sánchez Toledo
Banco: Santander
Producto: Valores Santander
Perfil: Minorista
PDF: S_150604_BSANTANDER_JMIX1_LINARES_VALORESSANTANDER_SIN

 

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