El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Oviedo ha estimado la nulidad de unos contratos de compra de participaciones preferentes y deuda subordinada. Los afectados adquirieron los derivados con Caja España bajo error y vicio en el consentimiento a causa de falta de información precontractual.
La entidad no informó correctamente de los riesgos y comportamiento de los productos, por lo que los clientes desconocían que su inversión no estaba totalmente garantizada.
Durante la negociación no se realizó test de conveniencia o idoneidad, tampoco un documento específico para cada operación. Asimismo, la sentencia afirma que también se debió informar sobre la situación económica de la Caja y exponer claramente el destino de los fondos invertidos: la obtención de liquidez por el banco.
Por tanto, Caja España deberá reembolsar unos 42.000 euros a sus clientes, más los intereses devengados y las costas procesales.
Dirección Letrada: Jorge Álvarez de Linera Prado.
Banco: Caja España.
Producto: Preferentes y Subordinadas.
Perfil: Particular.
PDF:S_150317_CAJAESPANA_JPI3_OVIEDO_SUBORDINADAS_PREFERENTES_PARTICULAR_SIN.pdf