El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Oviedo sigue condenando a Caja España por las numerosas ventas irregulares de deuda subordinada realizadas en Asturias. Como en los anteriores casos, el motivo de la nulidad es la inexistente información que dio sobre las obligaciones a su cliente antes de que suscribiera el producto.
Caja España realizó todos los procesos previos a la contratación (test de conveniencia, entrega de documentación informativa, etc) en el mismo día de la contratación, siendo imposible para el cliente analizar el contrato con la suficiente antelación. Tampoco se les entregó copia de los documentos en el instante del otorgamiento, ni siquiera el tríptico acerca de los riesgos, lo que les ha obligado a solicitarlos al Banco antes del juicio.
Asimismo, todos los documentos fueron redactados de manera compleja, no adaptada al nulo nivel y experiencia financiera que tenía el cliente con este tipo de productos.
Por tanto, Caja España incumplió la exigencia de la Ley del Mercado de Valores al no mostrar la diligencia informativa exigida para la comercialización de un producto financiero complejo, por lo que el cliente deberá recuperar los 10.000 euros que invirtió bajo esta situación de desinformación.
Dirección Letrada: Jorge Álvarez de Linera Prado.
Banco: Caja España.
Producto: Deuda subordinada.
Perfil: Particular.
PDF:S_150309_CAJAESPANA_JPI3_OVIEDO_SUBORDINADAS_PARTICULAR_SIN.pdf