El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Pamplona ha estimado la nulidad de un contrato de permuta financiera de tipos de interés comercializado por Bankinter. El afectado, un particular no recibió la diligencia informativa exigida por la normativa MIFID y la Ley del Mercado de Valores, por lo que BBVA deberá reembolsar el coste de cancelación anticipada del producto (3.700 ).
Así, debido a que el clausulado referente a la cancelación anticipada carece de explicaciones sobre la fórmula de cálculo del pago de dicho coste, haciendo alusión de manera vaga a las condiciones existentes del mercado, el juzgado ha considerado que la información insuficiente.
Además, pese a que el contrato menciona que el producto es un derivado financiero y, a grandes rasgos, expone que es un intercambio de tipos, el resto de cláusulas del contrato han sido escritas de una manera abstracta, a todas luces insuficiente a la hora de garantizar que el cliente pudiera comprender en esencia el funcionamiento del IRS.
Asimismo, la Audiencia Provincial de Pamplona ha confirmado otra condena contra la entidad por falta de información durante el proceso de comercialización de otro IRS, en el que además, deberá restituir una cantidad mayor al demandante (95.800 ) debido al incremento del tipo de interés en 2 puntos desde la fecha de la sentencia de primera instancia.
Dirección Letrada: Ignacio José Ferrer-Bonsoms Hernández.
Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF:S_140114_BANKINTER_JPI7_PAMPLONA_CONTRATOINTERCAMBIO_PARTICULAR_SIN.pdf
Dirección Letrada: David González Salinero.
Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: SA.
PDF:S_120720_BANKINTER_AP1_PAMPLONA_CONFIRMA_120229_JPI5_PAMPLONA_SA_SIN.pdf