Banco Santander no informó correctamente del riesgos que suponía la contratación de los swap.
La Audiencia Provincial número 2 de Lleida ha confirmado la condena a Banco Santander por la comercialización irregular de un swap a un particular minorista.
El motivo de la condena confirmada fue la falta de información sobre extremos relevantes y exigibles de acuerdo con la normativa vigente (Ley del Mercado de Valores). Durante la comercialización no se informó correctamente de los riesgos y funcionamiento de la permuta financiera de tipos de interés, que fue interpretada por el cliente como un seguro frente a la subida del Euribor.
Pese a que se hizo test de conveniencia, no se tuvo en cuenta ni el resultado ni la calificación de dicho test, que declaraba al afectado como un cliente sin experiencia en este tipo de productos. Además, pese a esta inexperiencia, el contrato estaba redactado de manera excesivamente técnica y oscura. Asimismo, el contrato, que presenta diversos escenarios, no presenta ninguna cifra que permita al demandante ser consciente del pago que debía ejecutar en caso de bajada de los tipos.
Tampoco se informó sobre el coste de cancelación anticipada y las cifras a las que este podía llegar, dato relevante a la hora de decidir la contratación.
Por otro lado, la Audiencia Provincial número 2 de Guipúzcoa ha confirmado la condena a Banco Santander por otro de sus swaps. En este caso deberá devolver 85.760 euros que gastó una empresa debido a la permuta contratada.
La empresa contrató una permuta financiera sobre materias primas, también denominada Commodity Swap. Este tipo de productos deben ser explicados con suma diligencia para su comercialización a clientes minoristas (como en este caso), algo que no se hizo.
La publicidad de la entidad bancaria ya resultaba confusa al anunciar el producto como Cobertura Diesel, ofreciéndola como una cobertura de riesgos. Además, la documentación no establece escenarios explicativos que faciliten al cliente entender las diferentes variables que pueden darse para calcular el beneficio o coste real del producto suscrito.
Por último, no consta que se le informara sobre la posibilidad de cancelación anticipada y, en consecuencia, su fórmula de cálculo.
Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez.
Banco: Banco Santander.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF:S_131016_BSANTANDER_AP2_LLEIDA_CONFIRMA_120215_JPI1_VIELHA_EMIJARAN_PART_SIN.pdf
Dirección Letrada: Arcadi Sala-Planell Esqué.
Banco: Banco Santander.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF:S_131125_BSANTANDER_AP2_GUIPUZCOA_CONFIRMA130626_JPI2_AZPEITIA_SA_SIN.pdf