La AP 1 de Girona revoca la sentencia del JPI 2 y condena a la aseguradora a indemnizar a la parte por la paralización sufrida por el Covid
La parte demandante interpuso una demanda contra la aseguradora de su negocio en la que le reclama la cantidad de 6.000€.
El 13 de febrero de 2020 la demandante concertó póliza con la entidad demandada, referida a un local de negocio destinado a pizzería, en el que se contemplaban diversas contingencias a cubrir. En dicha póliza había concertado un apartado especial por «paralización de actividad» que ascendida a 200€/días durante un periodo de treinta días sin franquicia.
Dada la prohibición de mantener abiertos los negocios emanada por la pandemia del COVID-19, la demandante tuvo el negocio paralizado por más de treinta días y por ello, entiende que le corresponde ser indemnizada por la aseguradora por 30 días a razón de 200€/día. Sin embargo, la aseguradora niega que se cubran los gastos de paralización de actividad derivados de una resolución gubernativa como es la pandemia.
Ante estos hechos el Juzgado de Primera Instancia número dos de Girona desestima la demanda y absuelve a la entidad demandada.
Contra la anterior sentencia se interpone un recurso de apelación, tras esto la Audiencia Provincial primera de Girona pasa a estudiar los hechos. Entiende que la parte actora entendió el contrato tanto las condiciones generales como las particulares. La cuestión esencial de este procedimiento consiste en determinar si la paralización como consecuencia de la pandemia por COVID-19 está o no cubierta por la póliza.
El hecho de que la póliza examinada no contemple expresamente, la cobertura del riesgo referido a la paralización del negocio por la pandemia requisito necesario interpuesto por la doctrina del Tribunal Supremo para evitar ambigüedades no puede tratarse de cláusulas que delimiten el riesgo en forma contradictoria con el objeto del contrato. Por todo ello, esta Audiencia estima la demanda y condena a la entidad a pagar 6.000€.
Producto: Seguros
Fecha: 03.01.2021
Juzgado: Audiencia Provincial 1, Girona