La Audiencia Provincial 2 de Lleida declara la nulidad por abusiva del pago de la prima única del seguro de amortización de crédito por fallecimiento
En el año 2019 el abogado Marc Torres Bacardi interpuso una demanda contra el Banco Popular (actualmente banco Santander) en defensa de los intereses de un consumidor. En esa demanda se solicitaba la nulidad por abusivas de las cláusulas de gastos, suelo y del pago de la prima única del seguro de vida. El Juzgado de Primera Instancia 6 de Lleida dicta sentencia el 06 de junio de 2019 declarando la nulidad de las 3 cláusulas por abusivas. Además, condena a Banco Santander a reintegrar al demandante la cantidad de 15.047€ como consecuencia de la nulidad del pago de la prima única del seguro de amortización de crédito por fallecimiento.
Por su parte, Banco Santander interpuso un recurso de apelación contra la anterior sentencia, pidiendo que se revoque la nulidad de la cláusula que establece una prima única del seguro de vida. Sin embargo, la Audiencia Provincial 2 de Lleida confirma la sentencia de Primera Instancia y declara la nulidad de la cláusula de seguro. Además, condena a la demandada a devolver al consumidor 15.047€.
Esta Audiencia remarca que el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado sobre las primas únicas de seguro de amortización de crédito por fallecimiento. Siguiendo su doctrina establece que este tipo de seguros son contratos vinculados, ya que el tomador del seguro es el prestatario; el beneficiario es el Banco prestamista. Además, cabe señalar que el consumidor suscribió la póliza en la propia sucursal bancaria y en presencia únicamente de un empleado de la entidad y que la aseguradora es una empresa ligada al Banco.
Todos estos datos, unidos a que no existe ninguna prueba de que fuera el demandante quien solicitara el seguro pone en manifiesto que el seguro de vida vinculado al préstamo fue impuesto por la demandada en los términos que predispuestos por ella. Lo que supone un gran perjuicio para el consumidor. Por lo que procede declarar la nulidad de la cláusula por abusiva. La consecuencia principal de esta declaración de nulidad es la condena a la entidad bancaria a la devolución de la cantidad que se abonó en concepto de prima.
En base a todo lo anterior, la Audiencia Provincial 2 de Lleida confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 6 de esta misma ciudad. Declara la nulidad por abusiva el pago de la prima única del seguro de amortización de crédito por fallecimiento, y en consecuencia condena a el Banco Santander a devolver al consumidor la cantidad de 15.047 € más los intereses devengados y el pago de las costas procesales.
Producto: Prima única de seguro
Juzgado: Audiencia Provincial 2, Lleida
Dirección Letrada: Marc Torres Bacardi
Fecha: 23.09.2021
Entidad: Banco Popular/ Banco Santander