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Sentencia condenatoria contra Catalunya Caixa por deuda subordinada

  • La entidad deberá indemnizar a los dos afectados con 10.761 euros

  • La sentencia dicta que el banco incumplió su obligación de lealtad, diligencia e información

El Juzgado de Primera Instancia de Barcelona nr. 50 condena a Catalunya Caixa a pagar más de 10.000 euros en concepto de indemnización por la venta de participaciones preferentes a un matrimonio jubilado sin conocimientos financieros. Además, a ésta cantidad deberá sumarse los intereses legales devengados. El banco ha sido condenado a pagar las costas que le han sido causadas a los demandantes en el proceso.

La sentencia alega que Catalunya Caixa incumplió el deber de informar sobre el riesgo de pérdida de capital y ése incumplimiento produce en los afectados un daño emergente que se concreta en la pérdida de capital invertido. Es por ello que nos encontramos ante un incumplimiento negligente de la obligación de lealtad, diligencia e información en la venta de obligaciones subordinadas, según expresa la sentencia.

Sobre esta sentencia condenatoria cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona en un plazo de 20 días.


Dirección Letrado: David López Homedes
Banco: Catalunya Caixa
Producto: Deuda subordinada
Perfil: Minorista
PDF: S_160308_CATALUNYABANC_JPI50_BARCELONA_DEUDASUBORDINADA_SIN

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