El Juzgado de Primera Instancia nr. 14 de Las Palmas de Gran Canaria acaba de dictar sentencia a favor de un farmacéutico que tenía contratado un swap con la Caja de Canarias. Se trata de la tercera sentencia contra esta entidad.
La sentencia incide en la falta de información precontractual así como en la propia oscuridad del contrato. Empezando por el título ‘CONTRATO DE GESTIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS’, el juez considera que puede llevar a engaño. Así en la sentencia:
Cabe decir que es exactamente el mismo título que tienen los contratos marco de los CLIPS de Bankinter. Por otro lado, el juez considera que la cláusula de cancelación no explica de manera transparente los gastos que la misma conlleva y que la cláusula en la que se explican los riesgos tampoco es clara:
Parece que este tipo de cláusulas, que son así en la mayoría de los contratos, tendrán que desaparecer en aras de la transparencia informativa.
El caso ha sido defendido por Octavio Suárez (Ausbanc) que está realizando una gran labor en las islas. La sentencia, como siempre que se trata de Canarias, nos la ha facilitado Mahler a quién no nos cansaremos de agradecer sus aportaciones.
? CAJA DE CANARIAS.- 25/01/2011, JPI 14 LPGC (autónomo)
Un comentario
Recuerdan Vds. aquello de «la parte contratante de la primera parte, será considerada como la parte contratante de la primera parte…..
Como diría un banquero: Nuestra Entidad tiene unos Principios,, pero si no le gustan, pues,…tenemos otros»