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Tres sentencias más en contra de Banesto

La entidad financiera ha sido condenada en Ontinyent, Alicante y Santander por vender swaps a dos pequeñas empresas y dos particulares. En los tres casos fue el Banco quien ofreció el producto e incumplió su deber de información.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ontinyent (Valencia) ha declarado la nulidad de un contrato de permuta financiera de tipos de interés que Banesto le vendió a una pequeña empresa. Banesto tendrá que devolver a su cliente 43.763 euros.

El Banco incumplió sus obligaciones de información, al no explicar debidamente al cliente la naturaleza y riesgos del producto; faltando también a la diligencia y transparencia que deben caracterizar la actuación de una entidad financiera. Banesto tampoco cumplió su deber de lealtad y fidelidad al cliente, incumpliendo lo recogido en la Ley General del Mercado de Valores que expresa específicamente que las entidad financieras deben cuidar los intereses de sus clientes como si fueran propios.

El representante legal de la pyme afirma que le ofrecieron el producto “para asegurar los tipos de interés”. El director de la sucursal reconoció asimismo en acto de juicio que “sobre el coste de cancelación no se le explicó nada”.

La sentencia recoge que el contenido del contrato era sumamente complejo y contenía clausulas oscuras, ambiguas y abusivas. Banesto incumplió además la normativa comunitaria MIFID, al comercializar un producto de alto riesgo a un cliente minorista.

Y en otra provincia de la Comunidad Valenciana, en Alicante, la Sección Octava de la Audiencia Provincial ha declarado la nulidad de otro swap que Banesto firmó con otra pequeña empresa. El nuevo texto jurídico confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Alicante. La entidad financiera tendrá que devolver a su cliente 2.862 euros.

Los magistrados insisten en que “el deber de información en relación con este producto financiero exige que el cliente conozca los riesgos que comporta y el coste de cancelación” porque el conocimiento de estos elementos son fundamentales para que un determinado cliente pueda tomar una decisión con conocimiento de causa sobre la inversión que se dispone a realizar.

La sentencia explica además que el producto fue ofrecido por iniciativa del Banco sin previa petición del cliente. Es decir, Banesto ofreció un instrumento financiero de alto riesgo a un cliente minorista sin que éste tuviera conocimiento ni interés sobre estos productos. No se acreditó en acto de juicio que la entidad financiera practicara el debido test de idoneidad a su cliente.

Los magistrados del caso consideran fundamental hacer hincapié en la confianza que surge de una relación continuada entre una entidad financiera y un cliente. El administrador de la empresa afectada, quien no poseía conocimientos financieros avanzados de ningún tipo, confío en que el Banco le proporcionaría información veraz y completa.

Y por último, en Santander el Juzgado de Primera Instancia número 10 ha condenado también a Banesto, y ha declarado nulo otro contrato de permuta financiera de tipos de interés que la entidad financiera vendió, esta vez, a dos particulares.

Los clientes suscribieron un préstamo hipotecario,  y más tarde  el Banco les instó a contratar el swap “para protegerles de la subida del Euribor”. Los particulares afirman que nunca se les informó de lo relativo a un coste de cancelación anticipada ni tampoco qué ocurriría en caso de que los tipos de interés bajaran.

Tras registrar los clientes liquidaciones negativas y dirigirse a la sucursal de Banesto para mostrar su desacuerdo sobre el inesperado funcionamiento del producto, los empleados de la entidad bancaria les comunicaron que el coste de cancelación del producto ascendía a 6.000 euros. Además, las pérdidas que asumieron los clientes entre 2008 y 2011 llegaron a los 4.023 euros.

La magistrada de la sentencia concluyó: “partiendo de la aparente simplicidad e interés de lo ofertado  (…), es obvio que lo que la demandada vendió fue un producto complejo especulativo y de riesgo”.

El banco tendrá que devolver a sus clientes las cantidades resultantes del contrato además de abonar las costas del proceso.


Dirección Letrada:
Banco: Banesto
Producto: Swap
Perfil: S.A.
PDF: S_120426_BANESTO_JPI1_ONTINENT_SA_SIN.pdf


Dirección Letrada: Salvador Mas Devesa
Perito: José García Egido
Banco: Banesto
Producto: Swap
Perfil: Pyme
PDF: S_120329_BANESTO_AP8_ALICANTE_CONFIRMA_110414_JPI9_ALICANTE_PYME_SIN.pdf


Dirección Letrada: Pilar Lanza Puente
Banco: Banesto
Producto: Swap
Perfil: 2 particulares
PDF: S_120510_BANESTO_JPI10_SANTANDER_PARTICULAR_SIN.pdf

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