La Caixa informó de manera coloquial a dos particulares para venderles una permuta financiera. El juez considera que no es suficiente y entendible para que los clientes comprendiesen los riesgos y las posibles consecuencias del swap. Además, como confirmó el director de la sucursal, La Caixa solo hizo el test MIFID a uno de los dos. Con esta La Caixa lleva ya ocho sentencias negativas. También, la Audiencia Provincial de Barcelona ha revocado un collar de CatalunyaCaixa colocado a una PYME.
El Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona ha condenado a La Caixa (CaixaBank) a devolver más de 17.000 euros a dos particulares con quienes firmó una permuta financiera. Para el juez, ha quedado demostrado que el contrato se firmó bajo un vicio de consentimiento, ya que durante el juicio quedó demostrado que la entidad bancaria no explicó a los actores de forma suficiente y entendible los riesgos y las consecuencias del producto que iban a contratar.
Según la sentencia, por las características del producto, sobre todo por su aleatoriedad, la información debía haber sido algo básico y fundamental. Algo que La Caixa no ha podido demostrar en el juicio, pues el director de la oficina confirmó que no existía folleto informativo y que comentó el producto de palabra y en un lenguaje puramente coloquial. Todo esto provocó que la entidad financiera ocultase datos fundamentales del producto y sus consecuencias, lo que generó en los clientes una confianza en La Caixa con la que firmaron el contrato.
Solo uno de los clientes, quienes son particulares y no están habituados a los productos financieros, fue sometido al test MIFID como así confirmó durante el juicio el director de la oficina bancaria. Además, el director de la sucursal de La Caixa dijo que el test MIFID solo puede hacerse a una persona, algo que dejó perplejo al magistrado como se recoge en la sentencia. Según el director, La Caixa ofreció el producto porque los clientes estaban preocupados por la fluctuación de los tipos de interés y que ofreció varios productos; así como también confirmó que durante el proceso de compra del swap, no aportó a los clientes la información sobre la posible evolución de los tipos.
Esta no ha sido la única sentencia desfavorable contra los bancos en Barcelona. La sección decimoquinta de la Audiencia Provincial ha revocado parcialmente una sentencia que rechazaba la nulidad de un collar contratado por una PYME con CatalunyaCaixa y a devolver los 1.700 euros. Para los magistrados, la información que dio CatalunyaCaixa a la empresa no se ajustó a la realidad
La directora de la oficina afirma que no recordaba las circunstancias previas a la firma del contrato ni que entregase un folleto informativo. Lo único que sí corroboró es que ella se desplazó a las oficinas de la empresa para que la compra del collar.
Dirección letrada: Arcadi Sala-Planell
Perito: David García Muntané
Banco: La Caixa (CaixaBank, S.A.)
Producto: Swap
Perfil: Particular
PDF: S_120306_LACAIXA_JM10_BARCELONA_PART_SIN
Dirección letrada: Arcadi Sala-Planell
Banco: CatalunyaCaixa
Producto: Collar
Perfil: PYME
PDF: S_120201_CCAT_AP15_BARCELONA_REVOCA_101209_JM3_BARCELONA_PARCIAL_COLLAR_PYME_SIN