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Inaplica la doctrina del TS y condena a devolver las liquidaciones desde la presentación de la demanda
El juzgado número 11 de primera instancia de Bilbao ha establecido la nulidad por error en el consentimiento sobre un suelo merced a las cláusulas incluidas en la escritura de préstamo con garantía hipotecaria de 1 de julio de 2010. Las cláusulas, son las siguientes: interés de demora, comisión de cancelación, comisión por reclamación de posiciones deudoras y la propia cláusula del suelo.
La parte demandante ha defendido que no era conocedora de la inclusión de esta estipulación y señala que lo pactado fue la aplicación de un tipo de interés variable calculado sumando el diferencial al interés de referencia`. Al final, se le ha dado la razón y, además, se ha establecido de igual manera la nulidad del interés de demora y los párrafos dirigidos a la comisión por reclamación de posiciones deudoras y a la comisión por otorgar escritura de cancelación al préstamo hipotecario.
La parte demandada, podrá impugnar la sentencia mediante un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Vizcaya en un plazo de veinte días.
Producto: Suelo
Banco: Banco de Bilbao
Perfil: Minorista
PDF: S_151008_BANCOBILBAO_JPI11_BILBAO_SUELO_SIN