Banco Popular, a través de TargoBank, colocó unas obligaciones convertibles a una clienta. A pesar de que sí firmó un documento informativo, la afectada lo hizo el mismo día y sin tiempo para consultarlo.
TargoBank, entidad financiera participada por Banco Popular, ha sido condenada a devolver a una clienta particular los 5.000 euros que invirtió en obligaciones convertibles en acciones de Banco Popular. La sentencia afirma que el banco incumplió todas las obligaciones de información que tiene para la venta de un producto tan complejo y de alto riesgo como eran los que colocó.
La entidad de Banco Popular sí entrego una prueba documental a la afectada, sin embargo la sentencia no lo califica como suficiente como información previa. La magistrada considera que dar el mismo día de la firma del contrato un documento con los detalles del producto no es suficiente para que la clienta conociese las obligaciones convertibles.
Además, la jueza sostiene que el clausulado del documento informativo era extenso, complejo y con terminología tan específica, que necesariamente impide a un lego en la materia tomar cabal conocimiento de los rasgos más importantes del producto. Además, la sentencia afirma que si se dio el mismo día de la firma del contrato, la actora no tuvo tiempo para leer la información previa.
Por todo ello, la sentencia condena a TargoBank y a Banco Popular a devolver los 5.000 euros que tuvo que desembolsar por las obligaciones convertibles, un producto que no deseaba y que le propició perder toda la inversión.
Dirección letrada: José Antonio Ballesteros Garrido
Banco: TargoBank, S.A. (Banco Popular, S.A.)
Producto: Bonos Convertibles Popular
Perfil: Particular
PDF: S_141106_TARGOBANK_JPI2_GIJON_SUBORDINADAS_OBLIGACIONES_CONVERTIBLES_PART_SIN.pdf