Una nueva condena a las aportaciones financieras de empresas. En esta ocasión, Banco Santander coló a un matrimonio unas de Fagor por valor de 40.400 euros.
Un matrimonio ha logrado que la justicia anule su contrato de aportaciones financieras de Fagor que Banco Santander les colocó en julio de 2006. En ningún momento Banco Santander demostró qué tipo de información dio a los afectados o si les comunicó los principales riesgos y características del producto contratado.
La sentencia, emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Donostia, afirma que los documentos que la pareja firmó como contrato de la adquisición no pueden valer suplir la falta de información. La juez tiene en cuenta que ni siquiera en el contrato se identifica correctamente el producto, pues se le denomina bonos empresa y no aportaciones financieras subordinadas.
Además, la magistrada desestima todas las alegaciones de Banco Santander en la que afirmaba que tras la firma del producto sí aportaron a los clientes información documental sobre las aportaciones financieras de Fagor. La sentencia considera que esta información fiscal remitida a la pareja entre 2007 y 2012 genera dudas sobre si efectivamente pudo ser envidada. Además, si así hubiera sido en ellos los afectados sólo podía deducir que tenían concertado un producto denominado Aport. Financ. Sub. Fagor jul 06, algo incompresible para los clientes.
Todo ello lleva a considerar a la juez que los clientes firmaron el contrato bajo un error en el consentimiento. Por ello, ordena a Banco Santander a devolver los más de 40.000 euros que tuvieron que desembolsar por el producto.
Dirección letrada: Carmen Jauregui de la Encarnación
Banco: Banco Santander, S.A.
Producto: Aportaciones financieras subordinadas Fagor 06
Perfil: Particular
PDF: S_140929_BSANTANDER_JPI7_DONOSTIA_SUBORDINADAS_FAGOR_PART_SIN.pdf