El afectado podrá recuperar los 90.000 euros que había invertido en acciones de la entidad.
La controvertida salida a Bolsa de Bankia sigue acumulando sentencias condenatorias a favor de pequeños ahorradores. Clientes que se dejaron seducir por la información que ofrecía la entidad en su folleto informativo. En él se daba una imagen de entidad sólida y con beneficios, y con muchas perspectivas de crecimiento.
Pero como se demostró con el tiempo, esta imagen resultó ser completamente infundada. La Oferta Pública de Suscripción (OPS) que emitió Bankia se presentaba como un banco potente, con músculo financiero e importantes beneficios. Una solvencia que no se correspondía con la realidad, pero arrastró de camino a muchos afectados que vieron como el valor de la acciones caía estrepitosamente.
La entidad alega que las acciones son instrumentos de riesgo, cierto, pero la CNMV exige unos requisitos de transparencia a la hora de salir a Bolsa. Esto es lo que se está impugnando. Es la imagen de falsa solvencia la que seducía a los inversores, unas cuentas maquilladas que presumían de beneficios millonarios y que resultaron ser pérdidas millonarias.
La demanda exige la nulidad del contrato de compra de las acciones, 90.000 euros invertidos en junio de 2011, por existir un vicio del consentimiento. La sentencia admite este punto, apoyándose en el informe pericial y en la declaración de testigos, y declara el contrato nulo de pleno derecho. Así, el afectado podrá recuperar sus ahorros, y además Bankia tendrá que correr con las costas judiciales.
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Dirección letrada: D. Benjamín Prieto Clar
Banco: Bankia
Producto: Acciones
Perfil: Particular
PDF: S_150112_BANKIA_JPI27_VALENCIA_ACCIONES_PART_SIN.pdf