La Audiencia Provincial número 11 de Madrid ha confirmado la condena a Bankinter por la comercialización irregular de permutas financieras de tipo de interés a 7 pymes que se vieron afectadas por el producto. El motivo de la nulidad ya decretada por la primera instancia fue la falta de diligencia informativa durante el proceso previo a la firma del swap. Los implicados en el litigio deberán reembolsarse mutuamente las prestaciones derivadas del producto. En total, Bankinter deberá reembolsar más de 200.000 euros a nuestros asociados.
Los afectados, como viene siendo habitual, contrataron los IRS bajo la creencia de que se trataba de un seguro frente a la subida de los tipos. De hecho, la propia publicidad de la entidad mostraba el swap como una cobertura. Además, durante la contratación apenas se informó del funcionamiento y mucho menos de los riesgos reales ante una bajada de los tipos.
Asimismo, la sentencia destaca el oscurantismo de ciertas cláusulas escritas de manera compleja para un cliente minorista y la falta de información acerca de la cláusula de cancelación anticipada, que hace referencia a una situación del mercado ininteligible para su cálculo, aspecto sumamente importante a la hora de decidir la contratación del producto.
Dirección Letrada: Patricia Gabeiras Vázquez.
Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: Pyme.
PDF:S_141015_BANKINTER_AP11_MADRID_CONFIRMA_130730_JPI70_MADRID_APYMIFID_ACUM_PYMES_SIN.pdf