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VOZ POPULI: Admitida a trámite una demanda de 111 accionistas vs Deloitte

Admitida año y medio después una millonaria demanda civil de 111 accionistas de Bankia contra Deloitte

La Audiencia Provincial de Madrid ordena a un juez de Primera Instancia que tramite la demanda civil presentada por un grupo de afectados por la salida a Bolsa de la entidad contra la auditora por «no haber revisado y verificado» las cuentas del banco.
» VER NOTICIA COMPLETA. VOZ PÓPULI. 8.7.2915. O.L. Fonseca | » DESCARGAR AUTO

Hace unos días conocíamos esta noticia gracias a Voz Pópuli en la que nos informaban que, pese a todas las dificultades, la demanda de un grupo de 111 accionistas de Bankia había sido admitida a trámite. Después de año y medio, la Audiencia Provincial nr. 13 reconocía que procedía la acumulación de acciones por los siguientes motivos:

«modern-quote pull alignright»>la figura procesal de la acumulación de acciones debe ser apreciada con flexibilidad

CUARTO. Alegaciones Cuarta y Quinta (Acumulación subjetiva de acciones).

Según se infiere del párrafo tercero del fundamento de derecho segundo del auto de 15 de enero de 2014, la razón que lleva al Juzgador de primera instancia a requerir a los demandantes la desacumulación subjetiva de acciones reside en que los daños producidos a aquellos se fundamenta únicamente en el incumplimiento por los demandados de sus deberes profesionales al emitir un informe que no reflejaría la verdadera situación de la empresa y que ello no integra la causa común requerida por el artículo 72 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, haciendo abstracción de hechos relativos a la gestión y comercialización de las acciones adquiridas.

Tal argumentación incide en dos errores. Uno, exigir como base de la causa común de la acumulación de acciones producida unos hechos distintos de aquellos en los que los demandantes fundan su pretensión, cuestión que no compete hacer al órgano judicial, pero es que, además, el nexo común surge claramente del título o causa de pedir, cual es el desconocimiento en el momento de adquirir las acciones de Bankia de la verdadera situación patrimonial y financiera de dicha entidad, no desvelada en el informe emitido por los demandados, lo que ha originado, según se aduce, una desvalorización de aquellas generadora del daño que alegan haber sufrido. Y dos, olvidar la flexibilidad con que debe ser apreciada la figura procesal de acumulación de acciones cuando de un primer examen de la demanda y sus alegaciones, corroboradas documentalmente, se aprecia la conexión causal y jurídica de las acciones ejercitadas de modo conjunto, evitando su decisión común dilaciones indeseadas, un dispendio económico superior y, sobre todo, el riesgo de resoluciones judiciales diversas y contrapuestas.

Por lo dicho también han de prosperar estas alegaciones.

Asufin en colaboración con Adabankia, estamos trabajando para que se faciliten las demandas acumuladas (víd. reunión CGPJ y reunión Decano Valencia).

Esperamos que el Auto de la secc. 13 de la Audiencia Provincial de Madrid que publicamos hoy facilite a los letrados la defensa en tribunales de demandas acumuladas que tan necesarias son para los consumidores y usuarios de servicios de banca e inversión.

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