El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Soria ha estimado la nulidad de un contrato swap suscrito por una pyme por falta de información previa durante la contratación. Caja Rural de Soria no informó sobre los riesgos y funcionamiento de la permuta, lo que ocasionó que el cliente firmara bajo error y vicio en el consentimiento.
El demandante contrató el swap como medida preventiva ante la posible subida de los tipos ya que poseía un interés muy alto. El director de su sucursal expuso el producto como un seguro que les cubriría en caso de que los tipos subieran, lo que fijaría la cuota mensual de su interés variable de forma segura.
De esta manera, tras una breve negociación, el director se persona en las oficinas de la empresa para explicar brevemente el contrato y firmar la confirmación.
Desde entonces, todas las liquidaciones del IRS excepto una fueron negativas, lo que ocasiono unas pérdidas totales de 20 mil euros al afectado.
En cuanto a la información recibida por parte de la entidad, no hay constancia de que el banco realizara una explicación en profundidad de los riesgos y naturaleza del producto. Asimismo, ni siquiera el contrato reúne esta información, de modo que ni los clientes, ni el director podían prever sus catastróficas consecuencias.
Por último, tampoco incluía el método para calcular la cancelación, así que los clientes, no podía ni imaginar el riesgo que asumían en caso de que el producto, en teoría seguro, no fuera beneficioso.
Dirección Letrada: Sra. Isla Fuente.
Banco: Caja Rural Soria (Banco Cooperativo).
Producto: Swaps.
Perfil: Pyme.
PDF:S_140206_BCOOP_CRSORIA_JPI3_SORIA_PYME_SIN.pdf