Catalunya Banc condenado a devolver el dinero de las participaciones de un fondo de inversión
En total, Catalunya Banc deberá devolver más de 14.000 euros Se declara la nulidad de la orden de compra de
En total, Catalunya Banc deberá devolver más de 14.000 euros Se declara la nulidad de la orden de compra de
EL Juzgado de Primera Instancia número 6 de Martorell ha estimado la nulidad de dos contratos de compra de participaciones
Los magistrados consideran que sí existió falta de información previa a la contratación del swap. La Audiencia Provincial número 11
El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Barcelona ha estimado la nulidad de un contrato de compra de participaciones
Una nueva condena a las preferentes de Caixa Catalunya, quien tendrá que devolver 32.000 euros a un matrimonio al que
El banco deberá reembolsar lo invertido por los demandantes más las costas. La juez ha acusado a la entidad de
Caixa Catalunya no mostró en ningún momento el Contrato Marco de Operaciones Financieras. La Audiencia Provincial número 15 de Barcelona ha
Condenado nuevamente el banco CatalunyaCaixa por la colocación de una permuta financiera. La sentencia, emitida por la Audiencia de Barcelona, afirma que la información bancaria brilló por su ausencia.
Las afectadas, dos pymes, contrataron el swap sin recibir información acerca de las consecuencias negativas del producto. El Juzgado de
CatalunyaBanc incumplió si deber de transparencia y claridad con una pequeña empresa a la que cobró más de 5.000 euros por un collar. El banco no realizó el test de conveniencia a un cliente al que calificó como minorista.
Bajo la dirección letrada de Joan Bou Miàs, se ha logrado la anulación de varios swaps en Girona. Banco Popular, Caixa
La Caixa informó de manera coloquial a dos particulares para venderles una permuta financiera. El juez considera que no es suficiente y entendible para que los clientes comprendiesen los riesgos y las posibles consecuencias del swap. Además, como confirmó el director de la sucursal, La Caixa solo hizo el test MIFID a uno de los dos. Con esta La Caixa lleva ya ocho sentencias negativas. También, la Audiencia Provincial de Barcelona ha revocado un collar de CatalunyaCaixa colocado a una PYME.
El Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona ha condenado a La Caixa (CaixaBank) a devolver más de 17.000 euros a dos particulares con quienes firmó una permuta financiera. Para el juez, ha quedado demostrado que el contrato se firmó bajo un vicio de consentimiento, ya que durante el juicio quedó demostrado que la entidad bancaria no explicó a los actores de forma suficiente y entendible los riesgos y las consecuencias del producto que iban a contratar.
Según la sentencia, por las características del producto, sobre todo por su aleatoriedad, la información debía haber sido algo básico y fundamental. Algo que La Caixa no ha podido demostrar en el juicio, pues el directo de la oficina confirmó que no existía folleto informativo y que comentó el producto de palabra y en un lenguaje puramente coloquial. Todo esto provocó que la entidad financiera ocultase datos fundamentales del producto y sus consecuencias, lo que generó en los clientes una confianza en La Caixa con la que firmaron el contrato.
Solo uno de los clientes, quienes son particulares y no están habituados a los productos financieros, fue sometido al test MIFID como así confirmó durante el juicio el director de la oficina bancaria. Además, el director de la sucursal de La Caixa dijo que el test MIFID solo puede hacerse a una persona, algo que dejó perplejo al magistrado como se recoge en la sentencia. Según el director, La Caixa ofreció el producto porque los clientes estaban preocupados por la fluctuación de los tipos de interés y que ofreció varios productos; así como también confirmó que durante el proceso de compra del swap, no aportó a los clientes la información sobre la posible evolución de los tipos.
Esta no ha sido la única sentencia desfavorable contra los bancos en Barcelona. La sección decimoquinta de la Audiencia Provincial ha revocado parcialmente una sentencia que rechazaba la nulidad de un collar contratado por una PYME con CatalunyaCaixa y a devolver los 1.700 euros. Para los magistrados, la información que dio CatalunyaCaixa a la empresa no se ajustó a la realidad
La directora de la oficina afirma que no recordaba las circunstancias previas a la firma del contrato ni que entregase un folleto informativo. Lo único que sí corroboró es que ella se desplazó a las oficinas de la empresa para que la compra del collar.
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