Plusvalías

¿Qué sucede ahora con el impuesto de plusvalía?

El Tribunal Constitucional ha declarado nulo definitivamente el impuesto de plusvalía municipal.

Después de cuestionar el impuesto cobrado a quienes vendieron su inmueble a pérdida, en 2017, y de hacerlo con relación a quienes lo pagaron con beneficio en la venta, pero limitado a dicha ganancia, en 2019, ahora ha ido mucho más allá.

En su reciente sentencia declara inconstitucional el cálculo por erróneo, exista o no incremento de valor en la venta. Por lo tanto, cuando se transmita algún inmueble urbano, ya sea por venta, donación o herencia, el ayuntamiento ya no podrá cobrar el impuesto de plusvalía.

En ASUFIN vamos a tramitar las reclamaciones porque la normativa fiscal ofrece herramientas jurídicas, como la autoliquidación rectificativa (complementaria) de un acto administrativo que permiten recurrir el impuesto de plusvalía

La nueva regulación del impuesto de plusvalía llevada a cabo por el Gobierno ha entrado en vigor el día 10 de noviembre, tras su publicación en el BOE.

Varios ayuntamientos han empezado a allanarse en los procedimientos para agilizar la devolución de cantidades a los afectados. En tu panel de usuario puedes consultar las resoluciones de Madrid, Burgos y Alcorcón.

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Las sentencias de Tribunal Constitucional no dejan lugar a dudas, no se puede cobrar un impuesto cuando el hecho imponible no se ha producido. Los juzgados menores también han empezado a pronunciarse a favor del contribuyente

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